El Defensor del Pueblo de Corrientes, Dr. Miguel Alegre, se notificó éste jueves de lo resuelto en el Expte promovido por la Defensoría frenar el incremento en el “cargo fijo”. (Se adjunta resolución)
En la mañana de este jueves, el Defensor del Pueblo de Corrientes, Dr. Miguel Alegre, se notificó este jueves a través de su abogada patrocinante la Dra. Lidia Torres Romero-, de lo resuelto en el expediente promovido por la Defensoría como “Acción de Amparo con Medida Cautelar” interpuesto en marzo pasado en la Justicia local para frenar el incremento en el “cargo fijo” facturado por la Dirección Provincial de Energía de Corrientes (Dpec). \r\nEn su resolución, la Jueza en lo Contencioso y Administrativo Nº 1, Dra. María Gabriela Romero Feris, ordena a la DPEC “abstenerse de efectuar cortes en el suministro de energía eléctrica por aquellas deudas que pudieran generarse en la facturación correspondiente al primer bimestre de 2015”, y también “los sucesivos hasta tanto se incorporen al expediente informes y pruebas” que la magistrada solicita.
\r\n“La jueza si bien no hizo lugar a la cautelar tal cual la solicitamos, nos da la razón en cuanto dispone una modificación a la medida propuesta por la Defensoría, considerando que asiste razón a esta institución, al comprobarse que no existen fundamentos que den razón y cuenta al porcentaje de incremento en el cargo fijo que se produjo en la facturación” explicó el Defensor Alegre. “Con esto no logramos frenar el incremento, pero si al menos que a ningún usuario le corten el servicio por no abonar esta última facturación que es la que está siendo cuestionada, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo” indicó.\r\nAsimismo, agregó que “en el extenso fallo la magistrada si bien no acepta la modalidad de nuestra presentación y en consecuencia no hace lugar a la cautelar, en su lugar le solicita a la Dpec que informe a ese Tribunal en un plazo de 20 días hábiles judiciales, acerca de la incidencia y valores de algunos parámetros que inciden en la determinación de la facturación, con lo cual si bien no nos conforma, consideramos que el fallo es favorable porque no da la razón” dijo.\r\nMientras tanto, sigue su curso el trámite judicial que corresponde a la acción de amparo caratulada “Defensoría del Pueblo de Corrientes c/ el Estado de la Provincia de Corrientes” y la “Dirección Provincial de Energía de Corrientes (DPEC)” en la que el Defensor pidió que se declare la “inconstitucionalidad” e “ilegitimidad” de la liquidación del rubro denominado “cargo fijo” efectuada en la facturación de la Dpec correspondiente al primer bimestre de 2015.
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\r\n\r\nRESOLUCIÓN Nº 344\r\n

Adjuntos