La presentación judicial, realizada con el objeto de frenar los cobros de estas tasas, obedece a un “prolijo análisis y un exhaustivo estudio de las normas que rigen en esta materia”.
La Defensoría del Pueblo de Corrientes, cuyo titular es el Dr. Miguel Alegre, introdujo este martes de 5 de agosto –a raíz de numerosos reclamos recibidos por vecinos de la ciudad-, una acción de amparo en la Justicia local, contra el Municipio de la Ciudad de Corrientes, solicitando que declare la “inconstitucionalidad” e “ilegitimidad” de las ordenanzas municipales Nº 1011/79, 6066 y 6075/14, vinculadas todas ellas al cobro del tributo denominado “contribución por mejoras”.
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\r\nLa presentación judicial, realizada con el objeto de frenar los cobros de estas tasas, obedece a un “prolijo análisis y un exhaustivo estudio de las normas que rigen en esta materia” explicó Alegre, refiriéndose a las Cartas Orgánicas capitalinas sancionadas en 1994 y 2013 respectivamente, confrontando estas con las ordenanzas que sustentan la “imposición” de este tributo que se pretende cobrar a un grupo de vecinos de esta capital, bajo esta modalidad conocida como “tasas por mejoras” o “contribución por mejoras”, en concepto de asfaltado de calles.
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\r\nCabe resaltar que esta acción se realizó en función de las potestades que la figura del Defensor del Pueblo tiene por la Constitución Provincial, como ser la legitimación procesal, y se hizo con la modalidad de una acción colectiva, por lo cual frente a la medida que eventualmente disponga la Justicia sobre lo peticionado, se verán beneficiados la totalidad de los vecinos que se hallen en condiciones de tener que afrontar esta tasa municipal.
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\r\nNo obstante ello, el Dr. Alegre indicó que “todo aquel vecino que haya recibido las facturas o boletas con el pretendido cobro de este impuesto, podrá concurrir a la Defensoría a fines de informarse, instrumentar su reclamo y ampliar toda la información que crea necesaria sobre el tema”. Asimismo, se estima que en un breve lapso de tiempo la Justicia deberá expedirse sobre la cautelar planteada, cuyos resultados serán informados oportunamente. \r\n

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