El Defensor del Pueblo de Corrientes, Dr. Miguel Alegre, logró este viernes en pocas horas, un fallo favorable a una acción de amparo colectivo y medida cautelar contra la Dirección Provincial de Energía de Corrientes (DPEC).\r\n\r\n
El Defensor del Pueblo de Corrientes, Dr. Miguel Alegre, logró este viernes en pocas horas, un fallo favorable a una acción de amparo colectivo y medida cautelar contra la Dirección Provincial de Energía de Corrientes (DPEC) y el Estado de la Provincia de Corrientes, presentado a primera hora de hoy ante la mesa receptora judicial que a través de un sorteo recayó en el Juzgado Civil y Comercial Nº 4, a cargo de doctora Anahí Graciela González Davis, solicitando “acciones inmediatas que normalicen el efectivo cumplimiento del servicio público de energía, consistente en atención al usuario en la Unidad Operativa Capital y, eventualmente, en todo el territorio provincial”, atento a que “los trabajos de índole comercial, como ser alta y baja de suministros y distintos reclamos de los usuarios, atención de las cajas recaudadoras, se encuentran suspendidos”.
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\r\nLa acción del Defensor se originó en los reclamos que venía recibiendo de usuarios, por "irregularidades" en el servicio público de energía eléctrica y ante el conocimiento público de las medidas de acción directa por mejores condiciones laborales y salariales que llevaban adelante trabajadores de la DPEC, hechos que se venían publicando en los medios de comunicación desde semanas atrás, dando cuenta que estas medidas implicaban la falta de atención al público y a sectores que atienden reparaciones y otros servicios esenciales del suministro energético.
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\r\nEn concreto, el Defensor había denunciado en su escrito la “no prestación del servicio de energía eléctrica a la población”, y advertía que ello “constituye una conducta ilegal a raíz de que el personal se encuentra trabajando ‘a reglamento’ con ‘quite de colaboración’ desde el 30 de agosto del corriente y hasta la fecha de esta presentación, dejando sin atención a los usuarios de esta capital y consecuentemente a los del interior provincial -en forma total- desde el día 07 de septiembre, durante toda la jornada de horario comercial”.
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\r\nConjuntamente a la acción de amparo, Alegre introdujo una “medida cautelar innovativa con habilitación de días y horas inhábiles”, solicitando “se ordene a los demandados que aseguren en forma inmediata la prestación del servicio en forma adecuada, utilizando los medios y medidas a las que deban acudir al efecto, todo ello con fundamento en los art. 43 de la Constitución Nacional; Ley Nac. N° 24.065, 24.240 y 26.361; arts. 48, 67, 139/142 de la Constitución Provincial; Ley Provincial N° 2903 doctrina y jurisprudencia aplicada al caso”.
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\r\nAsí, sobre mediodía de este viernes 14, la Jueza interviniente –Doctora González Davis-, resolvió al respecto dictando la Resolución Nº 11/12, en los autos caratulados “Defensor del Pueblo de la Provincia de Corrientes contra Dirección Provincial de Energía (DPEC), y/o Estado de la Provincia sobre Amparo”, mediante el expediente Nº 82.113/12, a través del cual resolvió: “Artículo 1: hacer lugar a la medida cautelar innovativa, ordenando al Estado de la provincia y a la DPEC el correcto suministro del servicio de energía eléctrica, que se asegure de manera inmediata tal prestación en forma continua y adecuada, satisfaciendo así la necesidad de todos los usuarios, utilizando al efecto todos los medios y medidas necesarias para garantizar tal servicio en todo el territorio de la provincia de Corrientes”. Seguidamente, en su artículo 2 la resolución ordena “oficios a los fines del cumplimiento de la medida ordenada, al Estado de la Provincia de Corrientes y a la DPEC, con habilitación de días y horas inhábiles”.
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\r\nCabe recordar que ya en marzo de este año, el Defensor había presentado una acción similar ante reclamos del mismo tenor que se habían producido por parte de empleados de la DPEC. “Al igual que en esa oportunidad, buscamos obtener una respuesta rápida y expedita para proteger los derechos de los ciudadanos que pudieron haber sido vulnerados, de acuerdo lo establece nuestra Constitución Nacional en su artículo Nº 43” advirtió Alegre al respecto, y agregó que “accionamos en resguardo de derechos colectivos que son competencia de la Defensoría, ya que estamos hablando de un servicio esencial que debe ser garantizado por el Estado Provincial” apuntó.
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\r\nFinalmente, cabe informar que los oficios suscriptos por la Jueza Davis ordenando la medida señalada “ya fueron notificados pasadas las 13 horas en los respectivos domicilios del Gobernador de la Provincia, Dr. Ricardo Colombi y al Interventor de la DPEC Parisi, con lo cual ya están debidamente notificados de la medida” comentó el Defensor.

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