Además pidió que se “diluciden posibles incumplimientos y maniobras ilegales en la comercialización de yerba mate, aceite y otros productos, con base en legislación vigente en la materia".
La Defensoría del Pueblo de Corrientes, ante la escasez de productos de consumo de la canasta básica imprescindibles, detectada en numerosos comercios y cadenas de supermercados de la provincia, dictó la Resolución Nº 797/12, fechada el pasado miércoles 11 de abril, mediante la cual recomendó a la Subsecretaria de Comercio y Defensa del Consumidor que “de manera inmediata implemente todas las acciones necesarias a fin de garantizar la normal provisión de productos de primera necesidad, como yerba, aceite y otros productos que faltan en los comercios en todo el territorio de la provincia de Corrientes”.
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\r\n“Este hecho atenta contra los derechos de usuarios y consumidores de la provincia, en suma contra la dignidad de las personas que en definitiva afectan los Derechos Humanos que están amparados por la normas vigentes y de rango constitucional” advierte el Defensor del Pueblo Miguel Alegre, en la norma. Ante esta situación, la Defensoría resolvió días atrás intervenir de oficio para tratar de resolver esta problemática que alcanza a toda la población de la provincia, advirtiendo a los funcionarios responsables como autoridades de aplicación.
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\r\nPárrafo seguido, la resolución exhorta al mismo organismo –recientemente creado y puesto en funcionamiento bajo la órbita del Ministerio de la Producción, a cargo del Dr. Juan José López Desimoni-, que “realice todos los procedimientos necesarios para dilucidar posibles incumplimientos y maniobras ilegales en la comercialización de yerba mate, aceite y otros productos, en el ámbito de nuestra provincia, conforme lo establecen las Leyes de Defensa del Consumidor (Ley Nº 24.240), de Defensa de la Competencia (Ley Nº 25.156) y de Lealtad Comercial (Ley Nº 22.802)”.
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\r\nAsimismo, el Defensor le recomienda al Subsecretario que -de corresponder- “efectúe la remisión al Fuero Penal de los antecedentes, si se detectara que algún comercio estuviere incurso en la figura prevista en elartículo 300 del Código Penal, que se refiere al “ofrecimiento engañoso de productos y servicios”.
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\r\n“Es necesario determinar si existen maniobras especulativas que están afectando la normal provisión de estas mercaderías de consumo masivo, para justificar el aumento del precio de los productos más allá de los costos y beneficios razonables, y le pedimos a la población que detecte estas situaciones, que lo denuncie” advirtió Alegre al respecto, y aclaró que “por competencia, como Defensor puedo recomendar o solicitar, pero es esa nueva Subsecretaría quien tiene poder sancionatorio sobre estas situaciones, y por eso le pedimos que actúe” dijo.
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\r\nCitando la legislación vigente en la materia, recordó que “la Constitución Nacional en su artículo 42 establece que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de la salud, seguridad e intereses económicos…Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos,…A LA DEFENSA DE LA COMPETENCIA CONTRA TODA FORMA DE DISTORSION DE LOS MERCADOS…”.
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\r\nAsimismo, recordó que la “Constitución de la Provincia de Corrientes, también protege los Derechos de Usuarios y Consumidores en su artículo 48, y la legislación nacional sobre la materia es suficientemente clara y en nuestro territorio provincial, esto está regulado por la Ley Nº 4811” informó. Por todo ello, consideró “imprescindible que se proceda en forma perentoria con los mecanismos más diligentes, para que se conozcan las razones que provocan la ausencia de productos esenciales para los ciudadanos”.

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