El defensor objetó el estudio de impacto ambiental que se expuso durante la audiencia, y opinó que “no puede aprobarse en tanto no incluya otro trazado paralelo de 132 Kv, que provea de energía a los correntinos a modo de compensación” en consonancia con el pedido generalizado que realizaron en el lugar el secretario de Energía, Intendentes, productores y pobladores de la zona.
La Defensoría del Pueblo de Corrientes, a través de su titular el Dr. Miguel Alegre, fijó posición ayer en el marco de una Audiencia Pública Ambiental convocada por el Instituto Correntino del Agua y el Ambiente (ICAA) en la que se analizó la construcción de una línea de 500 Kv desde Rincón Santa María (Ituzaingó) hasta Puerto Bastiani (Resistencia, Chaco). La audiencia tuvo lugar en el salón de actos de la Escuela Parroquial “Monseñor Luis M. Niella” de la localidad de Itatí y allí se expresaron más de veinte expositores entre funcionarios provinciales, Intendentes, productores y pobladores de la zona, que -en términos generales-, se manifestaron de acuerdo con el proyecto pero solicitando que, como compensación, se incluya en la obra una línea extra de conexión de 132 Kv que provea de energía a los municipios del norte correntino.
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\r\nLa apertura de la reunión estuvo a cargo del titular del ICAA Mario Rujana, y luego hizo su exposición el secretario de energía de la provincia, Ing. Marcelo Gatti, tras lo cual se sucedieron las exposiciones de jefes comunales, productores agrícolas y habitantes de la región. Luego de escuchar a la totalidad de los presentes, hizo su participación el Dr. Alegre, quien inicio comentando: “estamos para opinar sobre este estudio de impacto ambiental realizado sobre la Línea de Alta Tensión en 500 kb - Estación Transformadora Santa María Resistencia. Venimos participando de todas las audiencias que tratan estos temas vitales para la provincia, y que son competencia de la Defensoría, puesto se trata de la defensa de los derechos de los correntinos y sobre todo cuando son vulnerados” indicó.
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\r\nSeguidamente explicó que desde la Defensoría “hicimos un análisis pormenorizado del estudio de impacto ambiental, y con el respeto que siempre tenemos a los técnicos que los realizan, debo decir que no comparto las conclusiones, por dos razones: 1) A nuestro entender, no tiene el rigor metodológico que exigen los protocolos internacionales actuales para este tipo de estudios; y 2) No puedo admitir que este proyecto que prevé una traza que se extenderá aproximadamente sobre unos 50 km de nuestra reserva de Iberá tenga un impacto ‘medio’, como concluye el estudio. Esto es inaceptable para los correntinos y cualquiera que sea especialista en el tema” señaló tajante.
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\r\nAsí, el Defensor fijo postura y expresó su desacuerdo con el resultado del estudio de impacto ambiental, que fue presentado en la oportunidad por la licenciada Marta Córdoba, de la empresa “Estudios y Servicios Ambientales SRL (www.eysa.com.ar”. Contradiciendo ese estudio, Alegre advirtió que “esto sí tendrá un impacto negativo severísimo y permanente, y pese a eso, creemos que este estudio de impacto no puede aprobarse porque la compensación que hoy pidieron aquí todos los presentes y adhiero debió ser un tema incluido en el estudio de impacto ambiental antes de llegar a esta audiencia pública. Aquí no deben quedar promesas sueltas porque la compensación debe ser parte del impacto ambiental. La obra se producirá solo si el estudio prevé la compensación en forma expresa y con todos los instrumentos legales que comprometan y garanticen la conexión de la línea 132kv” sentenció.
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\r\nEn otro párrafo salientes de su exposición, con relación a lo expresado en el EsIA, el defensor leyó del informe escrito de su autoría donde se menciona “al paisaje como uno de los componentes del medio afectados por el proyecto, pero no advertimos que se comprenda ni se haya aplicado una metodología adecuada de valoración del paisaje afectado por la futura obra. Y esto en específica relación con el patrimonio paisajístico de la Reserva del Iberá, que constituye uno de los motivos de su creación y de su estatus legal y ambiental (Leyes 3771 y 4736, Constitución de la provincia de Corrientes, Artículo 63°), y dado que el Sistema del Iberá constituye además el segundo humedal más importante de Sudamérica después del Pantanal del Brasil”.
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\r\nA ello agrega que “la evaluación del paisaje y del impacto visual son partes fundamentales en el proceso de diseño de un proyecto, puesto que para la comprensión de los efectos de un proyecto resulta vital evaluar su impacto sobre el paisaje y sobre los atractivos visuales, incluyendo las consideración de las alternativas posibles, ya que permite evitar potenciales efectos negativos del desarrollo. Esta evaluación debe incluirse en el estudio de Línea de Base, lo que no se ha hecho en el presente EsIA, a pesar de que se expresa que se ha tratado de determinar el estado cero o estado del ambiente previo al proyecto.
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\r\nEn el caso de la Reserva del Iberá, consideró el defensor que “la intrusión visual de las Torres y de las Líneas de Alta tensión es de una magnitud altísima, porque tales estructuras son absolutamente contrarias y disonantes al carácter prístino del paisaje del Iberá, de relieve llano, pastizales, y extensos espejos de aguas tranquilas. Cuando el medio afectado constituye además un atractivo natural o cultural que genere la visita de turistas, y que puede ser puesto en peligro por el desarrollo de un emprendimiento, debe promoverse un proceso participativo como parte indispensable del proceso de aprobación, ya que esa será la oportunidad de investigar si, en caso de realizarse el proyecto propuesto, podría desnaturalizar los atractivos o contribuiría a afianzarlos, o afectaría la calidad del ambiente, entre otros factores de incidencia directa sobre esa comunidad”.
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\r\nPor todo lo expresado, concluyó subrayando que “este proceso de relevamiento y participación social no lo debe promover el Ministerio de Planificación Federal porque lo diga la Defensoría, sino porque está obligado a ello por la Ley General del Ambiente, ley de presupuestos mínimos de orden público y de aplicación obligatoria en primer lugar para el Estado, de acuerdo a los claros y expresos textos de los Artículos 2°,3°,4°,5°,9°, 10°, 19° y 21”. Y fue enfático al indicar que “tendríamos que haber llegado a esta audiencia ya con un proyecto que contemple todo lo que estamos pidiendo, porque no podemos caer de nuevo en la histórica negativa para los correntinos de lo que nos corresponde. Hace ya 40 años con el tratado de Yacyretá se prometían obras que nos correspondían y ninguna existe a la fecha, es un tratado con jerarquía constitucional que no se cumple” criticó.
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\r\nDando cierre a la audiencia y ante el aplauso y la aprobación la mayoría de los presentes, Alegre se mostró “feliz de haber escuchado a productores y pobladores ponerse de pie en defensa de sus derechos, hace 3 años soy defensor y siempre dije que quiere defender a un pueblo que vive de pie y no postrado ante cualquier autoridad, y esto es lo que estamos viviendo en Corrientes, un resurgir. Porque no van a venir de otras provincias a defender lo nuestro”.
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\r\nA LA JUSTICIA
\r\nPor último, dijo que “si esta obra si no revé esta situación, me veré obligado a actuar de acuerdo a lo que me indica el mandato constitucional y acudir a la justicia”. Concluyó dando lectura a la parte final del informe que presentó por escrito, el que se reproduce textual a continuación:
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\r\nI. PETITORIO: Por todo lo expuesto precedentemente, esta Defensoría del Pueblo de la Provincia de Corrientes solicita:
\r\n\r\n1)Se tenga por objetada la evaluación y ponderación de los impactos en el Paisaje contenidos dentro del Estudio de Impacto Ambiental sometido a análisis y opinión de esta Defensoría en los autos mencionados en el encabezamiento, y en consecuencia, se recalifique el Impacto que puede causar el proyecto de obra de LEAT 500 kv- EE Rincón Santa María –EE Resistencia, sobre la Reserva Natural del Iberá, como un Impacto Crítico en los términos de la Ley N° 5067 de Impacto Ambiental.
\r\n\r\n2)Que a

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