La Ley Provincial N° 6003 establece que los comercios de la Provincia de Corrientes que vendan, comercialicen y ofrezcan ropa o indumentaria, deberán tener en sus respectivos comercios todos los talles de las mismas. 

La Ley Provincial N° 6003 establece que los comercios de la Provincia de Corrientes que vendan, comercialicen y ofrezcan ropa o indumentaria, deberán tener en sus respectivos comercios todos los talles de las mismas. 
El día 29 de agosto de 2018, el Defensor del Pueblo de la Provincia de Corrientes presentó, ante la Cámara de Senadores, un proyecto de ley que tiene por objeto modificar dicha ley. 
La iniciativa propone que la autoridad de aplicación de la ley sea la Dirección de Defensa del Consumidor que funciona en el ámbito del Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio.

“El objetivo del proyecto es contribuir a brindar una especial protección a las personas que no encuentran la ropa o indumentaria correspondiente a su talle en los establecimientos comerciales” expresó el Defensor César Vallejos Tressens.

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