Por iniciativa del Defensor del Pueblo de la Provincia de Corrientes se modificó la Ley de Audiencias Públicas N° 5982.

Por iniciativa del Defensor del Pueblo de la Provincia de Corrientes se modificó la Ley de Audiencias Públicas N° 5982.

Por decreto N° 1893 del 24 de julio de 2018 el Poder Ejecutivo Provincial promulgó la Ley N° 6449 sancionada por la Legislatura Provincial que modifica la Ley de Audiencias Públicas. El texto recientemente promulgado, determina que no podrán señalarse como fechas para la realización de audiencia pública los días feriados, asuetos o períodos de vacaciones. Por otro lado, se exige a la Autoridad Convocante de la audiencia pública que notifique por cédula, oficio o cualquier otro medio fehaciente al Defensor del Pueblo de la Provincia de Corrientes la convocatoria a la audiencia pública, con una antelación no menor de veinte (20) días corridos a la fecha fijada para su realización. Finalmente, se obliga a la autoridad convocante la elaboración de un informe no técnico de la materia objeto de la audiencia pública, las medidas que se pretenden adoptar y los efectos que las mismas provocarían. Se exige que este último informe además sea publicado en el sitio web de la autoridad convocante. “Entendemos que esta modificación a la Ley de Audiencias Públicas contribuirá a la mayor participación ciudadana en las mismas”, sostuvo el Defensor César Vallejos Tressens.

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